Cómo fundamentó la Justicia de Costa Rica la prisión preventiva de cuatro hijos de alias “Pecho de rata”
La prisión preventiva contra cuatro hijos de Edwin López Vega, alias “Pecho de rata”, se mantendrá hasta el 23 de junio de 2027, según la resolución dictada por la jueza penal de Limón Al...
La prisión preventiva contra cuatro hijos de Edwin López Vega, alias “Pecho de rata”, se mantendrá hasta el 23 de junio de 2027, según la resolución dictada por la jueza penal de Limón Alejandra Rojas en el caso “Riverside”.
La decisión, fechada el 30 de setiembre, individualizó los indicios contra dos hijas y dos hijos del investigado. La jueza sostuvo que el parentesco no permite atribuirles de forma automática los delitos investigados contra otras personas.
Según informó El Observador, para tres de los imputados Rojas consideró que existe una probabilidad cautelar de participación en actividades relacionadas con el tráfico de drogas y la asociación ilícita. La cuarta hija quedó bajo análisis por una posible colaboración en el manejo de recursos financieros.
La resolución separó los indicios atribuidos a cada hijoLa jueza estableció que cada sospecha debe apoyarse en acciones concretas y evidencia individual. Ser hija o hijo de López Vega no alcanza para extenderles toda la responsabilidad por la estructura bajo investigación.
En el caso de una de las hijas, la resolución examinó comunicaciones con su padre sobre gestiones, cantidades y cálculos. El principal episodio analizado fue una secuencia de llamadas del 25 de junio de 2025, vinculada con una actividad que fue suspendida ante circunstancias consideradas riesgosas.
La juzgadora también reconoció que el bar y restaurante Ire Zone desarrollaba una actividad comercial real. Los testimonios de trabajadores, las facturas, las planillas y los movimientos bancarios respaldaban esa conclusión.
Administrar el negocio o contar efectivo no demuestra, por sí solo, una operación de legitimación de capitales. El análisis se concentró en el posible valor penal de sus comunicaciones dentro de la secuencia operativa investigada.
De acuerdo con El Observador, la resolución vinculó ese episodio con las diligencias sobre una presunta distribución de drogas en Cahuita. Para esta etapa, el imputado quedó relacionado con asociación ilícita y facilitación de actividades vinculadas con el tráfico de drogas.
“La confianza de Edwin en su hija no se convierte automáticamente en ‘dominio funcional’ de delitos ajenos”, indicó Rojas. La resolución precisó que la sospecha se limita al aporte concreto descrito y no abarca todos los hechos atribuidos a otras personas.
Dos llamadas sostuvieron la sospecha contra uno de los hijosPara otro de los imputados, el elemento central fueron dos comunicaciones del 21 de enero de 2025. Un hombre de apellido Collado llamó a otra persona para decirle que el hijo de alias “Pecho de rata” le había advertido sobre un seguimiento del Organismo de Investigación Judicial (OIJ).
La jueza advirtió que en esas llamadas no se oyó directamente la voz del hijo de López Vega. Tampoco existía una observación de una venta de drogas realizada personalmente por él.
A pesar de esas limitaciones, Rojas valoró la proximidad entre ambas comunicaciones, la reiteración de la advertencia y la reacción de alertar a terceros para que guardaran lo que tenían. Esos aspectos fueron considerados un indicio específico de participación en una cadena de avisos por la presencia policial.
La jueza no encontró, en cambio, una operación específica que demostrara que ese hijo hubiera recibido, transferido u ocultado bienes de procedencia delictiva. Por ello, no consideró acreditada una sospecha suficiente por legitimación de capitales.
El traslado de un paquete no permitió identificar su contenidoLa valoración sobre el segundo hijo incluyó comunicaciones relacionadas con coordinaciones y una vigilancia policial realizada el 20 de enero de 2026. Según el seguimiento, el imputado ingresó con un paquete a un inmueble utilizado por otro investigado y salió sin él.
La resolución puntualizó que no se incautó el paquete. Tampoco se comprobó que se tratara del mismo objeto que habría sido entregado posteriormente.
La información previa sobre un supuesto cargamento de cocaína no bastaba para establecer que el paquete trasladado contuviera esa sustancia. La observación no permitió definir una cantidad, identificar el contenido ni acreditar una entrega concreta.
Aun así, la jueza entendió que las comunicaciones de contenido operativo, las indicaciones procedentes de Edwin López Vega y el traslado material del objeto permitían sostener una probabilidad de participación en la logística de las actividades de tráfico investigadas.
“La información previa acerca de un supuesto cargamento de cocaína no equivale a la constatación” de que el paquete tuviera droga, señaló la resolución. Ese límite impidió considerar probado un traslado específico de estupefacientes.
Las billeteras digitales centraron el caso de la segunda hijaLa cuarta imputada quedó vinculada provisionalmente con legitimación de capitales y asociación ilícita. Entre los indicios figuraban imágenes de plataformas o billeteras digitales con su nombre, encontradas en el teléfono decomisado a su padre.
Además, las autoridades localizaron tarjetas bancarias y documentos identificados con ella dentro de un vehículo conducido por otra persona. La hipótesis sostiene que su identidad habría sido utilizada en instrumentos financieros para dificultar la identificación de quienes controlaban los recursos.
“Corresponderá a la investigación confirmar o descartar si ella conocía y aceptaba ese uso”, manifestó Rojas. La jueza concluyó que la coincidencia de los elementos excedía una sospecha fundada únicamente en el parentesco.
El cuadro incorporado a la resolución resumió los alcances de las atribuciones provisionales. La primera hija fue asociada con delitos relacionados con tráfico de drogas, asociación ilícita y facilitación de actividades.
Uno de los hijos fue relacionado con asociación ilícita y facilitación de actividades vinculadas con el tráfico. El otro apareció asociado con hechos ligados al tráfico de drogas y la asociación ilícita.
La segunda hija figuró por legitimación de capitales y asociación ilícita. En los cuatro casos, la jueza remarcó que los indicios no prueban una participación total en la estructura investigada ni autorizan atribuirles automáticamente operaciones específicas de lavado de dinero o tráfico de drogas.