Créditos en dólares podrán costar más del doble desde noviembre
El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) informó que la tasa máxima de interés convencional compensatorio en moneda extranjera pasará de 99,84% a 103,14% anual. El porcentaje, que rompe por...
El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) informó que la tasa máxima de interés convencional compensatorio en moneda extranjera pasará de 99,84% a 103,14% anual. El porcentaje, que rompe por primera vez la frontera del 100%, constituye el límite máximo aplicable para las operaciones comprendidas en la regulación.
La actualización, efectuada conforme a la metodología prevista en la Circular N.º 0008-2021-BCRP, también eleva la tasa máxima de interés convencional compensatorio en moneda nacional de 114,13% a 114,68% anual.
BCRP eleva la tasa máxima de interés en dólares: ¿desde cuándo?De acuedo con la Circular, las tasas máximas de interés convencional compensatorio actualizadas entrarán en vigencia el 1 de noviembre de 2026 y se mantendrán hasta el 30 de abril de 2027.
La próxima actualización se realizará el 1 de mayo de 2027. Para establecer los nuevos límites, el Banco Central utilizará el promedio de las observaciones de fin de mes de las tasas de interés promedio del sistema financiero para créditos de consumo entre octubre de 2026 y marzo de 2027.
El marco legal para esta medida se origina en la Ley N.º 31143, conocida como Ley contra la usura, promulgada en 2021. Esta norma modificó el artículo 52 de la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú y le otorgó al BCRP la facultad de fijar tasas máximas activas para determinadas operaciones del sistema financiero.
Los nuevos límites regirán hasta el 30 de abril de 2027La disposición establece que el BCRP puede fijar tasas máximas y mínimas de manera semestral. Los límites se aplican a créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto y créditos para micro y pequeñas empresas, conforme al literal c) del inciso 3 del artículo 221 de la Ley General del Sistema Financiero.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) supervisa su cumplimiento. Si una entidad, como un banco o una caja municipal, cobra una tasa por encima del máximo aplicable, la SBS puede sancionarla y denunciar el hecho.
¿Qué implica que el límite en dólares supere el 100% anual?A partir del 1 de noviembre, si una persona recibiera un crédito de USD 100 a esa tasa máxima y mantuviera la deuda durante un año bajo esas condiciones, el interés compensatorio podría llegar hasta USD 103,14.
Así, el monto total ascendería a USD 203,14 (el cambio implica que el límite para esos créditos en dólares aumenta 3,30 puntos porcentuales), antes de considerar otros conceptos que eventualmente correspondan según el contrato.
No significa que todos los préstamos en dólares pasarán a cobrar más de 100%, ni que las entidades deban fijar sus tasas en ese nivel. La circular establece un techo, por lo que cada entidad puede cobrar una tasa menor.
Tampoco se aplica a todos los préstamos en moneda extranjera. El esquema abarca créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto y financiamientos para mypes otorgados por entidades del sistema financiero.
Sin embargo, sí podría alcanzar a deudores de segmentos con mayor riesgo crediticio, como familias o negociantes de bajos recursos que hoy se encuentran fuera del crédito formal y expuestos al ‘gota a gota’.
Congreso debate facultades sin incluir la eliminación de los topesLa actualización del tope aplicable a los créditos en dólares coincide ocurre mientras el Congreso tramita el pedido de facultades legislativas formulado por el Poder Ejecutivo.
La Cámara de Diputados aprobó la delegación por 90 días, limitada a seguridad ciudadana y medidas frente al fenómeno El Niño, y dejó fuera la propuesta para derogar los topes a las tasas de interés establecidos por la Ley N.º 31143. El dictamen pasó al Senado para continuar su evaluación.
En tanto, el crédito al sector privado en Perú creció 10,3% interanual en agosto y alcanzó los S/ 468.704 millones, impulsado por los préstamos de consumo y el financiamiento a empresas, según también el BCRP.