Demandó a los vecinos de al lado por hostigamiento, pero la Justicia rechazó el reclamo y deberá pagar las costas del juicio
Un juzgado civil y comercial de San Martín rechazó una demanda por $3 millones por presunta afectación a la dignidad entre vecinos, al concluir que no se probó que los hechos denunciados fueran...
Un juzgado civil y comercial de San Martín rechazó una demanda por $3 millones por presunta afectación a la dignidad entre vecinos, al concluir que no se probó que los hechos denunciados fueran atribuibles de manera concreta a las personas demandadas. La sentencia de primera instancia también impuso las costas del proceso a la demandante.
La reclamante había iniciado la causa en junio de 2024 contra los habitantes de la vivienda lindera a su dúplex, ubicado en un complejo habitacional de la zona norte del Gran Buenos Aires. Sostuvo que durante más de 15 años padeció conflictos vinculados con obras, plantas, riego, residuos, filtraciones, discusiones y supuestas provocaciones.
Según la demanda, los vecinos arrojaban hojas, tierra, basura y agua hacia el frente de su casa. También denunció que el riego de plantas y una enredadera apoyada sobre una pared habrían provocado humedad, desprendimiento de revoque, deterioro de pintura y filtraciones dentro de la propiedad.
La presentación incluyó cuestionamientos por canteros, macetas, un banco de hierro y un macetón que, de acuerdo con la reclamante, utilizaban o afectaban una pared que no era medianera. Además, señaló que un árbol ubicado en el límite del garaje habría causado grietas y daños en el piso de cemento por el crecimiento de sus raíces.
La mujer, que actualmente tiene 52 años, también denunció que en 2016 los demandados instalaron una valla de cemento sobre la vereda pública. Afirmó que esa estructura generaba anegamientos frente a su vivienda cada vez que llovía y que, antes de ser retirada, ocasionó conflictos con otros habitantes del barrio.
Otro de los planteos se relacionó con presuntas publicaciones en YouTube que, según la demandante, contenían expresiones difamatorias sobre ella y su familia. La acción incluyó reclamos por daño a las afecciones legítimas, daño psicológico, daños materiales y privación de uso.
Los vecinos —un hombre de 51 años y su mujer, de 47— negaron los hechos. Reconocieron que residían junto a la demandante, aunque sostuvieron que no habían causado filtraciones, humedades ni deterioros en la casa lindera. También afirmaron que la acumulación de agua se vinculaba con la falta de un desagüe en la vereda de la reclamante.
La parte demandada rechazó haber realizado publicaciones contra la mujer o sus familiares. En cambio, indicó que había sido objeto de expresiones en televisión, redes sociales y plataformas digitales, y que existía una investigación penal iniciada a raíz de esos episodios.
Durante el juicio, la demandante denunció dos hechos posteriores. El primero ocurrió en diciembre de 2024, cuando señaló que una de las vecinas ingresó al límite de su garaje y colocó cemento y pintura sobre parte del piso, con el propósito de marcar una delimitación territorial.
El segundo episodio fue denunciado en febrero de 2025 y se vinculó con una filmación realizada con un celular mientras la mujer regaba sus plantas frente a su vivienda. La reclamante afirmó que esa conducta le impidió continuar con esa actividad y que formaba parte de un hostigamiento sostenido.
La jueza admitió esos hechos nuevos para su análisis y ordenó incorporar una causa penal iniciada por la demandante. Sin embargo, la investigación no registró avances relevantes: la persona denunciada ni siquiera había sido notificada y no surgían medidas posteriores a la constatación inicial del lugar.
El fallo ponderó las declaraciones de cuatro testigos ofrecidos por la reclamante. Todos describieron a los demandados como vecinos conflictivos, con discusiones frecuentes y dificultades para convivir con otras personas del barrio, aunque ninguno relató haber presenciado episodios específicos entre las partes.
Una de las testigos refirió que había escuchado gritos y que en algunas oportunidades salió de su casa para observar lo que sucedía. Sin embargo, no pudo precisar fechas ni describir situaciones concretas. Los demás testimonios se centraron en conflictos que los vecinos habrían tenido con terceras personas.
La sentencia, del Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 12 de San Martín, también consideró una pericia psicológica que detectó una afectación emocional en la demandante. La experta vinculó ese cuadro con el relato que la mujer efectuó durante las entrevistas, pero el juzgado señaló que esas manifestaciones eran unilaterales y no tenían otros elementos de prueba que las confirmaran.
Para la magistrada, el expediente mostró que existía una conflictividad vecinal y un padecimiento emocional de la reclamante, pero esos elementos no alcanzaban para establecer una responsabilidad civil. La resolución remarcó que una condena requería demostrar una conducta concreta, identificable y contraria a derecho que pudiera atribuirse a los demandados.
El juzgado sostuvo que tampoco se acreditó el vínculo entre las conductas denunciadas y el daño psicológico alegado. En ese sentido, explicó que la pericia podía acreditar un malestar psíquico, pero no definía por sí misma cuál había sido su causa ni permitía responsabilizar a los vecinos por esa situación.
Con esos fundamentos, la sentencia rechazó la demanda y dispuso que la demandante afronte los costos del proceso por haber resultado vencida. La regulación de los honorarios de abogados y peritos quedó pendiente para una etapa posterior.