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El error con el DNI que podría impedirte votar este 7 de junio en la segunda vuelta electoral

A pocas horas de la ...

El error con el DNI que podría impedirte votar este 7 de junio en la segunda vuelta electoral

A pocas horas de la ...

A pocas horas de la segunda vuelta presidencial, miles de peruanos revisan su local de votación, confirman si serán miembros de mesa y buscan resolver una de las dudas más frecuentes antes de acudir a las urnas: si podrán votar con el Documento Nacional de Identidad (DNI) que tienen en ese momento.

En los días previos a la elección, las oficinas del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) han registrado una alta demanda de ciudadanos que intentan renovar o recoger su documento. Sin embargo, especialistas y las propias autoridades electorales advierten que existe un error muy común relacionado con el DNI que puede generar inconvenientes el día de la votación, especialmente entre quienes realizaron trámites de última hora.

¿Cuál es el error con el DNI que puede complicarte el voto?

El principal error es creer que el comprobante de trámite, la constancia C4 o el cargo de renovación reemplazan al DNI físico para sufragar.

De acuerdo con el Reniec, los ciudadanos deben identificarse ante los miembros de mesa con su Documento Nacional de Identidad. Si bien la entidad emitió una resolución que prorroga excepcionalmente la vigencia de los DNI vencidos o por vencer para la segunda vuelta del 7 de junio, esta autorización aplica únicamente para el documento físico y no para constancias de trámite.

En otras palabras, una persona puede acudir a votar con su DNI azul o electrónico aunque esté vencido, pero si lo extravió y solo cuenta con el comprobante de renovación o el certificado C4, podría enfrentar dificultades para acreditar su identidad.

¿Se puede votar con el DNI vencido?

El Reniec dispuso que los ciudadanos podrán sufragar utilizando su DNI vencido o por vencer durante la segunda vuelta presidencial del 7 de junio de 2026. La medida fue oficializada mediante una resolución jefatural con el objetivo de garantizar el ejercicio del derecho al voto.

La prórroga comprende todas las versiones del documento:

DNI azul. DNI electrónico 1.0. DNI electrónico 2.0. DNI electrónico 3.0.

Asimismo, la entidad precisó que esta facilidad es válida únicamente para la jornada electoral y no extiende la vigencia del documento para otros trámites bancarios, notariales o administrativos.

¿Qué pasa si renové mi DNI y todavía no lo recojo?

Si realizaste la renovación pero aún conservas tu DNI anterior, podrás utilizar ese documento para votar, incluso si ya se encuentra vencido, gracias a la disposición excepcional emitida por el Reniec.

No obstante, si entregaste tu documento anterior o lo perdiste y únicamente cuentas con el comprobante del trámite, podrías tener inconvenientes al momento de identificarte ante la mesa de sufragio.

Precisamente por ello, el Reniec exhortó a los ciudadanos a recoger sus documentos pendientes. Según la entidad, al 21 de mayo existían más de 500 mil DNI de mayores de edad que aún no habían sido retirados de sus oficinas y centros de atención a nivel nacional.

¿El cambio de domicilio modifica mi local de votación?

Otro error frecuente es pensar que una actualización reciente del domicilio cambiará automáticamente el lugar donde corresponde votar.

El padrón electoral utilizado para la segunda vuelta ya fue cerrado con anterioridad, por lo que los cambios de dirección realizados después de esa fecha no alteran el local de sufragio asignado para esta elección. Este punto ha generado diversas consultas y denuncias de ciudadanos que esperaban votar cerca de su nueva residencia.

Por ello, la ONPE recomienda verificar con anticipación el local de votación a través de su plataforma oficial de consulta electoral.

¿Puedo votar con una fotocopia del DNI o con una imagen en el celular?

La identificación debe realizarse con el documento físico correspondiente.

Las autoridades electorales no han señalado que las fotografías del DNI, capturas de pantalla o fotocopias simples sustituyan al documento original para efectos de la votación. De igual forma, la constancia de inscripción C4 acredita datos registrales, pero no reemplaza al DNI como documento de identificación para sufragar.

Recomendaciones antes de acudir a votar

Para evitar contratiempos este 7 de junio, el Reniec y la ONPE recomiendan:

Verificar con anticipación el local de votación. Llevar el DNI físico, aunque esté vencido. Recoger el nuevo documento si el trámite ya fue concluido. No confiar en que una constancia de trámite sustituirá al DNI. Revisar previamente si fue designado miembro de mesa.

Aunque la autorización para votar con DNI vencido busca facilitar la participación ciudadana, las autoridades recuerdan que esta medida es excepcional y solo tendrá validez durante la jornada electoral de la segunda vuelta presidencial.

Fuente: https://www.infobae.com/peru/2026/06/05/el-error-con-el-dni-que-podria-impedirte-votar-este-7-de-junio-en-la-segunda-vuelta-electoral/

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