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El Ministerio de Justicia propuso cambiar las audiencias penales: la Fiscalía podría acusar sin formular imputación

El Gobierno presentó ante el Senado un proyecto que plantea cambios en varias etapas de la investigación penal. Uno de los principales ajustes permitiría que la Fiscalía llegue a la acusación ...

El Ministerio de Justicia propuso cambiar las audiencias penales: la Fiscalía podría acusar sin formular imputación

El Gobierno presentó ante el Senado un proyecto que plantea cambios en varias etapas de la investigación penal. Uno de los principales ajustes permitiría que la Fiscalía llegue a la acusación ...

El Gobierno presentó ante el Senado un proyecto que plantea cambios en varias etapas de la investigación penal. Uno de los principales ajustes permitiría que la Fiscalía llegue a la acusación sin pasar obligatoriamente por la audiencia de formulación de imputación.

La iniciativa convertiría esa diligencia en una audiencia facultativa de terminación anticipada. Su propósito sería abrir una salida temprana cuando el procesado y la Fiscalía puedan acudir a mecanismos previstos por la ley.

Allí podrían discutirse el allanamiento a cargos, los preacuerdos, el principio de oportunidad y la reparación integral. El primero ocurre cuando el procesado acepta voluntariamente los cargos; los preacuerdos son una negociación entre Fiscalía y defensa; el principio de oportunidad permite suspender, interrumpir o renunciar a la persecución penal en los casos autorizados, y la reparación integral busca compensar a la víctima por el daño causado.

Si ninguna de esas alternativas resulta aplicable, la Fiscalía podría avanzar directamente hacia la audiencia de acusación y solicitar que el caso continúe rumbo al juicio. De esta manera, la imputación dejaría de ser un paso obligatorio para todos los procesos.

Imputación y acusación tendrían nuevas reglas

El proyecto también modifica el papel de los jueces. El juez de control de garantías tendría un control material sobre la imputación y la acusación para verificar que los hechos correspondan al delito atribuido y que se respete el debido proceso. En la imputación, el estándar seguiría siendo una inferencia razonable de autoría o participación. Para la acusación se mantendría la probabilidad de verdad.

La audiencia de acusación quedaría a cargo del juez de control de garantías. Después, el expediente pasaría a reparto para que un juez de conocimiento asuma la audiencia preparatoria y el juicio oral. La medida separaría el control de legalidad de la decisión sobre responsabilidad penal. Si no hay audiencia de terminación anticipada, la vinculación formal ocurriría con la formulación de acusación o desde la captura, cuando esta haya sucedido primero. Al terminar la acusación, la persona adquiriría formalmente la condición de acusado.

El proyecto también modifica los referentes para la prescripción de la acción penal. Esta se interrumpiría con la imputación, cuando se realice, o con la acusación si se prescinde de esa etapa. Además, incorpora criterios para los tiempos de investigación y las causales de libertad por vencimiento de términos.

Los cambios alcanzan las medidas de aseguramiento. La detención preventiva podría solicitarse durante las distintas etapas procesales, incluida la audiencia de terminación anticipada. Si la Fiscalía pasa directamente a acusación, la solicitud se resolvería durante esa diligencia. En materia de bienes sujetos a registro, se mantiene la prohibición temporal de venderlos o transferirlos. El término de seis meses, actualmente relacionado con la imputación, comenzaría a contarse desde la audiencia de acusación cuando la Fiscalía avance directamente hacia esa etapa.

La propuesta establece plazos para las actuaciones posteriores. Finalizada la audiencia de terminación anticipada, la Fiscalía tendría 30 días para someter a control posterior de legalidad el allanamiento o el preacuerdo. Si esa salida no procede, dispondría de 90 días para formular la acusación o solicitar la preclusión. El plazo sería de 120 días cuando existan tres o más imputados o se trate de delitos de competencia de jueces penales de circuito especializados.

Después de la acusación, la audiencia preparatoria tendría que realizarse dentro de los 90 días siguientes. El juicio oral debería comenzar dentro de los 45 días posteriores a la terminación de esa audiencia.

La Fiscalía tendría plazos definidos para investigar

La iniciativa fija límites para la investigación. Como regla general, la Fiscalía tendría dos años desde que recibe la denuncia o conoce el posible delito para imputar, acusar u ordenar motivadamente el archivo de la indagación. El término subiría a tres años si existe concurso de delitos o tres o más imputados, y a cinco años en casos de competencia de jueces penales de circuito especializados.

Para homicidio, feminicidio, violencia intrafamiliar y delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales cometidos contra menores de 18 años, el plazo sería de ocho meses, prorrogable una sola vez por seis meses más si existe una justificación razonable. Si los términos vencen sin imputación, acusación o archivo, el fiscal sería relevado y otro funcionario debería asumir el caso dentro de los tres días hábiles siguientes.

Fuente: https://www.infobae.com/colombia/2026/10/08/el-ministerio-de-justicia-propuso-cambiar-las-audiencias-penales-la-fiscalia-podria-acusar-sin-formular-imputacion/

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