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La reforma pensional enredó la opción que tienen las mujeres para pensionarse con menos semanas cotizadas: “Ninguna persona que esté en transición tiene beneficios”

La reforma pensional superó el examen principal de la Corte Constitucional, pero dejó abiertos nueve frentes que vuelven a encender la disputa en Colombia. El alto tribunal dejó en firme cerca d...

La reforma pensional enredó la opción que tienen las mujeres para pensionarse con menos semanas cotizadas: “Ninguna persona que esté en transición tiene beneficios”

La reforma pensional superó el examen principal de la Corte Constitucional, pero dejó abiertos nueve frentes que vuelven a encender la disputa en Colombia. El alto tribunal dejó en firme cerca d...

La reforma pensional superó el examen principal de la Corte Constitucional, pero dejó abiertos nueve frentes que vuelven a encender la disputa en Colombia. El alto tribunal dejó en firme cerca del 90% de la Ley 2381 de 2024 y devolvió a la Cámara de Representantes apartes de los artículos 11, 14, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93 para que corrija vicios de trámite en un plazo de 30 días hábiles.

Además, el fallo fijó un límite: la Cámara puede corregir la forma del trámite, pero no reabrir el fondo de un sistema que la Corte ya avaló en su estructura central. Si hace falta conciliación entre cámaras, ese paso solo podrá recaer sobre las disposiciones devueltas. Ese marco explica por qué la discusión jurídica y política no se apagó con la sentencia. Los puntos que regresaron al Congreso concentran las advertencias más duras sobre costo fiscal, incentivos y capacidad real del sistema para absorber nuevos beneficios.

La decisión mantiene intacto el núcleo del nuevo sistema, pero conserva la pelea en un punto muy sensible: la rebaja de semanas para que las mujeres se puedan pensionar con anticipación.

Ese margen es estrecho. La Cámara puede corregir la forma del trámite, pero no reabrir el fondo de la arquitectura general que la Corte ya avaló. Ahí chocan la promesa de equidad, las reglas heredadas de la transición, la forma de aplicar el alivio por hijos, la presión sobre las cuentas públicas y el riesgo de que una redacción ambigua termine en los tribunales.

Cómo baja el requisito de semanas para las mujeres

La rebaja operará de forma gradual hasta llegar a 1.000 semanas en 2036. No obstante, la ruta de reducción no es inmediata ni uniforme. El profesor de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de La Sabana Fabián Hernández resumió el punto de partida así: “Una mujer hoy requiere 1.250 semanas por orden de la Corte Constitucional”. Agregó que “el año entrante las semanas se reducirán a 1.225 para quienes estén en régimen de transición”. Esa secuencia seguirá en 2028 con 1.200 semanas y continuará con una disminución anual hasta alcanzar las 1.000.

Por su parte, el director ejecutivo de Soluciones Pensionales ISP, Andrés Felipe Izquierdo, ubicó la rebaja dentro del ajuste ordenado por la sentencia C-197 de 2023. Según su explicación, las mujeres que permanezcan en transición se pensionarán con las reglas de la Ley 100 de 1993 y la Ley 797 de 2003, pero con el cambio gradual ya fijado por la Corte.

Hernández insistió en que el escenario de 1.000 semanas tampoco abre una puerta inmediata a una pensión con 850. “Las mujeres podrán pensionarse con 1.000 semanas a partir de 2036; ese año, demostrando haber tenido tres hijos, podría bajar el requisito hasta las 850 semanas”, indicó.

A continuación puso freno a una de las lecturas más extendidas tras el fallo. “Esto quiere decir que las mujeres no se pensionarán con 850 semanas cuando entre en vigencia la ley el año entrante”, aclaró.

Entretanto, el abogado Óscar Palacio, líder del Movimiento de Pensionados Colombianos, coincidió en la gradualidad, aunque con una interpretación propia sobre su alcance. “Como lo interpreto yo, pero otras personas diferente, una mujer que dentro de diez años, en el año 2036, que necesite 1.000 semanas y tenga tres hijos, yo creo que con 850 semanas se va a pensionar”, indicó.

Palacio también describió el ritmo anual de la rebaja. “Con o sin transición, las mujeres le van a ir rebajando las semanas, que es de modo paulatino”, dijo, antes de anotar que “es cada año, el próximo año, a partir del primero de enero, quedan en mil doscientas veinticinco”.

La distinción entre la rebaja general y el alivio adicional por maternidad es otro punto central. El presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos), Andrés Velasco, dijo que “hay que distinguir los beneficios: la reducción gradual lleva a las mujeres hasta 1.000 semanas, mientras el beneficio por hijos permite descontar hasta 150 semanas adicionales, con un piso de 850”.

Izquierdo planteó el mismo criterio con un ejemplo práctico. Según su explicación, una mujer con tres hijos y en condición de pobreza o vulnerabilidad podría completar 150 semanas adicionales y pensionarse con 850, siempre que necesite ese apoyo para llegar al requisito. Ese beneficio no aparece como automático para todas las mujeres. Izquierdo dijo que la reglamentación deberá definir las condiciones específicas y señaló que el Gobierno anterior no expidió esas normas.

Disputa por la transición y el beneficio por hijos

El desacuerdo más fuerte aparece al examinar qué ocurre con las mujeres que están en transición. Fabián Hernández sostuvo que la ley no permite una interpretación amplia del beneficio por hijos para ese grupo.

Su tesis parte de la fecha de entrada en vigor del nuevo régimen. Explicó que, aunque la Ley 2381 también reduce semanas para los que no estén en transición, ninguna mujer podría pensionarse bajo el nuevo sistema en 2027, porque al entrar en vigencia la norma lo máximo que podría tener serían 749 semanas y con 750 entra en transición.

También separó dos beneficios que, según él, se están mezclando en el debate. “La reducción de semanas para las mujeres en la Garantía de Pensión Mínima del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) sí existe, pero no debe confundirse con el beneficio de 50 semanas por hijo”, adujo. Entonces, el reconocimiento por hijos pertenece al Componente de Prima Media de la Ley 2381. La rebaja en la garantía del Rais responde, en cambio, a la Sentencia C-054 de 2024 y sigue una regla diferente de 15 semanas menos por año hasta llegar a 1.000.

Con esa interpretación, Hernández negó que pueda haber una doble rebaja dentro del Rais. “No veo en la norma que las 50 semanas por hijo puedan descontarse adicionalmente en el Rais”, anotó. También fijó un límite temporal y subjetivo. “No es que haya quedado ‘blindado para la Prima Media’, es que es exclusivo para el nuevo régimen no para quienes se encuentren en transición”, insistió.

Palacio leyó la misma norma de otra manera y abrió una ruta que él mismo admitió como discutible. “Hoy una mujer que tenga transición no puede pensionarse con las semanas de rebaja de hijos, pero hay un articulito pequeño pero muy eficaz”, agregó. Planteó su propia salida. “La mujer renuncia a la transición en el fondo y se va para Colpensiones y se pensiona”, advirtió.

Palacio insistió en esa interpretación con una fórmula más amplia. “Ninguna persona que hoy que esté en transición tiene beneficios de esta nueva ley, excepto la rebaja de semanas para la mujer. Pero si quiere acceder a ese beneficio de la rebaja de semanas por hijos nacidos, necesita renunciar a la transición y lo adquiere”, destacó.

Con este análisis no coincide con la de Hernández y reconoció la fragilidad del texto. “Realmente la ley tiene muchas dificultades gramaticales. Eso es una duda que yo tengo”. Su pronóstico fue todavía más directo. “Creo que eso va a terminar en los tribunales”.

Izquierdo añadió otra pieza al panorama. Según su explicación, las mujeres que permanezcan en transición seguirán bajo la Ley 100 y la Ley 797 con el ajuste que ordenó la sentencia C-197 de 2023, mientras que las que no queden cobijadas por la transición también llegarán a 1.000 semanas bajo la Ley 2381.

Sobre el beneficio de 50 semanas por hijo, vinculó su aplicación a la vulnerabilidad económica. Dijo que la medida cubriría a mujeres en situación de pobreza o vulnerabilidad que necesiten esas semanas para completar el requisito de 1.000, no a cualquier afiliada por el solo hecho de haber tenido hijos. Puso un contraste para ilustrarlo. Una mujer con tres hijos y necesidad de completar semanas podría jubilarse con 850, pero una mujer que cotice sobre cinco salarios mínimos y tenga entre 850 y 900 semanas no necesariamente recibiría ese alivio.

Costo fiscal de bajar semanas y ampliar subsidios

La discusión más delicada después del calendario es quién pagará la rebaja. Hernández no dejó dudas sobre el tamaño del problema: “Sí, es claro que se va a generar un costo fiscal importante”. Para él, la forma correcta de mirar el asunto no es una simple resta de semanas. “Lo correcto es hablar del mayor subsidio actuarial que genera la reducción de semanas y de cuánto tendrá que aportar el Estado para cubrirlo”, agregó.

Hernández sostuvo que el Ministerio de Hacienda estimó que la reducción de semanas de las mujeres aumenta el déficit de Colpensiones. También citó rangos del Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP): un esfuerzo adicional promedio de 0,2% del PIB anual entre 2026 y 2050 y de 0,3% del PIB entre 2051 y 2100. Su conclusión fue tajante al anotar que “el verdadero problema es quién financia el subsidio adicional que aparece cuando se reduce la densidad de cotización”.

Velasco enlazó esa misma inquietud con la diferencia entre los dos beneficios en juego. Enfatizó en que “hay que distinguir los beneficios: la reducción gradual lleva a las mujeres hasta 1.000 semanas, mientras el beneficio por hijos permite descontar hasta 150 semanas adicionales, con un piso de 850”.

La mirada de Izquierdo aterrizó ese costo en el valor de cada pensión. “Esa es la pregunta del millón”, dijo al hablar de la fuente de financiación para cubrir pensiones que nacerán con menos semanas cotizadas. Según él, una pensión de salario mínimo no vale hoy menos de $500 millones. A su juicio, el Ministerio de Hacienda no calculó el impacto fiscal total de la medida ni definió con precisión el tamaño de la población que podría beneficiarse.

Agregó una estimación sobre el subsidio implícito en el régimen público. Explicó que, con 1.300 semanas y una pensión de salario mínimo, el subsidio estatal equivale “a entre 1,8 y 2 de cada $3” de la mesada, lo que situó entre 55% y 60% del valor de la prestación.

Con menos semanas, advirtió, ese respaldo estatal podría ser todavía mayor. En su cálculo, el aporte público podría superar el 60% de la reserva financiera necesaria para pagar la pensión. Izquierdo dejó una advertencia sobre el origen de esos recursos. “Es un problema que el Gobierno, el Congreso y la Corte le dejarán a las generaciones futuras sin prever una reserva y una fuente de financiación realmente clara”, puntualizó.

Palacio amplió el foco y sostuvo que la tensión fiscal no nace solo de esta rebaja. “Incluso una persona con mil trescientas semanas en Colombia, en el fondo estatal que es Colpensiones, hay que subsidiarla”, recalcó. Al respecto, explicó que ese subsidio estimado es de $70.000.000 para los hombres y de $80.000.000 para la mujer. La fórmula la usó Palacio para sostener que el sistema ya opera con apoyos públicos elevados.

También proyectó el costo de una cobertura mucho más amplia. Dijo que si los 6.000.000 de colombianos mayores de 60 años que hoy están por fuera de la pensión de vejez, dentro de un universo de 8.000.000 de personas de esa edad, recibieran al menos una pensión mínima, eso costaría entre $200 billones y $250 billones.

Palacio conectó ese cálculo con un argumento demográfico. “Esto tiene un alto costo económico, entre otras cosas porque la mujer vive más que el varón”, insistió. Luego puso una cifra en el centro de ese razonamiento. “Hoy la expectativa de vida de la mujer en Colombia son de 78 años”.

Formalidad, equidad y efectos sobre la vida laboral de las mujeres

La reducción de semanas también abrió una discusión sobre incentivos laborales. El profesor Fabián Hernández rechazó la idea de que el alivio saque de manera automática a las mujeres del empleo formal. “No creo que incentive a las mujeres a dejar de cotizar por haber llegado a las 850 semanas”, afirmó. Su explicación es que, en cargos medianos y altos, el promedio de hijos ronda 1,7 y las semanas cotizadas superan las 1.000.

Para él, el beneficio apunta a trayectorias laborales más frágiles. “En los cargos más bajos en las empresas que son ocupados por mujeres el número de hijos es mayor, las posibilidades de ayuda externa en su cuidado se reduce, las historias laborales se entorpecen y recortan y es a estas a quienes está dirigido el beneficio”, anotó.

Aun así, no descartó efectos indeseados y dijo que “el riesgo existe, pero no creo que sea correcto afirmar que la norma necesariamente va a sacar a las mujeres del mercado formal”. Su advertencia fue más precisa en el terreno operativo. Manifestó que “si una mujer sabe que con 850 semanas ya adquiere el derecho, puede existir algún incentivo para dejar de cotizar formalmente”.

Planteó que las semanas adicionales tendrían que reflejarse de manera atractiva en el monto de la pensión. De lo contrario, dijo, también se perderían salud, riesgos laborales y otras protecciones ligadas al empleo formal.

Izquierdo llegó a una conclusión cercana, aunque con otro énfasis. “Más que retirarse del mercado laboral, lo que sí creo es que se puede profundizar la informalidad laboral”, agregó. Su hipótesis es que algunas trabajadoras seguirán activas después de completar las semanas requeridas, pero fuera del sistema general de seguridad social. No habló de una salida masiva del mercado laboral, sino de una posible ampliación de trayectorias sin cotización.

Velasco llevó la discusión al terreno de la igualdad entre hombres y mujeres. “La Corte pedía equidad en el tratamiento. Una interpretación de equidad es, por ejemplo, equiparar los años de hombres y mujeres y reconocer la reducción en semanas en la economía del cuidado por los primeros hijos”, apuntó.

Formuló una salida de diseño: “En un escenario en el que las condiciones de pensión son equitativas, por ejemplo, misma edad y semanas para hombres y mujeres, una compensación por economía del cuidado podría ser disminuir semanas por los primeros hijos”.

Palacio coincidió en que la rebaja nace de un mandato de igualdad, no de una concesión aislada. “No olvidemos que este artículo de la reforma pensional es bueno, pero ya lo había ordenado la Corte Constitucional que el legislador, por el principio de igualdad y de género, volviera a mil semanas a las mujeres en Colombia”, insistió.

También reforzó esa tesis con una referencia a la jurisprudencia. Dijo que “la rebaja de semanas para las mujeres en Colombia fue un criterio inicial, una jurisprudencia contundente de la Corte que le ordenó al legislador sí o sí legislar para que las mujeres volvieran a las mil semanas”. Aun así, sostuvo que el sistema terminará exigiendo ajustes en otras variables. “Va a tocar pensar en aumentar la edad de la mujer y en aumentar las cotizaciones para que el sistema sea sostenido”.

La rebaja para mujeres dentro de una reforma bajo presión financiera

La discusión sobre semanas para mujeres terminó conectada con un choque más amplio sobre sostenibilidad y ahorro pensional. El abogado Diego Acevedo, socio de Holland & Knight, llevó el análisis al funcionamiento del componente de ahorro individual y al efecto del nuevo reparto de cotizaciones.

Apuntó que el examen no debe quedarse en la comisión de administración. “El impacto de este cambio debe analizarse principalmente a partir de su incidencia sobre la rentabilidad neta del ahorro pensional acumulado”. Analizó que el punto decisivo es cuánto del aporte termina capitalizándose. “El factor determinante para la rentabilidad de la cuenta individual no es la comisión de administración considerada de manera aislada, sino la proporción efectiva del aporte que se destina a capitalización”, dejó entrever.

Para explicar el cambio, comparó el régimen anterior con el nuevo. Dijo que sobre la fracción del ingreso base de cotización que excede los 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes antes ingresaban aproximadamente 11,5 puntos porcentuales (pp) a la cuenta de ahorro y ahora esa proporción sube a 13,2 pp.

Su conclusión fue que el debate estructural debe centrarse en la capacidad del sistema para acumular ahorro y generar rendimientos sostenibles. También advirtió que, si la ley reduce de forma gradual la fuente de remuneración de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), pueden aparecer procesos de concentración y una menor competencia.

Qué viola la reforma pensional

El también abogado Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight, dejó una advertencia aplicable al conjunto de la reforma: “Estaría violando el artículo 48 de la Constitución, que indica que todas las normas en materia pensional tienen que ser financieramente sostenibles”.

La idea de sostenibilidad también apareció en Izquierdo y Palacio, pero desde ángulos distintos. Izquierdo dijo que la rebaja de semanas se aprobó sin una reserva ni una fuente de financiación clara, mientras Palacio sostuvo que el problema de fondo es que la exclusión alivió por años unas finanzas que nunca alcanzaron para cubrir a toda la población.

Palacio añadió otros dos factores que, a su juicio, agravan cualquier expansión de beneficios. “La informalidad. En Colombia cotiza solo el 25% de la población económicamente activa. A propósito de los campesinos, el 90% nunca ha conocido una cotización”, anotó.

También habló de crecimiento y demografía. Señaló que el país celebra tasas de entre 2% y 3%, cuando necesitaría crecer entre 5% y 9%, y agregó que los jóvenes tampoco están cotizando.

La rebaja de semanas para mujeres quedó así en un punto donde se cruzan varias tensiones de la reforma. La promesa de alivio y equidad sigue en pie, pero su aplicación práctica depende de reglas todavía discutidas, de una transición que no todos leen igual y de unas cuentas públicas que varios expertos consideran insuficientes para absorber todos los beneficios abiertos por la ley.

Fuente: https://www.infobae.com/colombia/2026/09/13/la-reforma-pensional-enredo-la-opcion-que-tienen-las-mujeres-para-pensionarse-con-menos-semanas-cotizadas-ninguna-persona-que-este-en-transicion-tiene-beneficios/

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