Rebajan la condena a un hombre por el atropello mortal a otro tras una pelea en Benalmádena (Málaga)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado a nueve años y tres meses de prisión la pena impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por el atropello mortal a otro y le...
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado a nueve años y tres meses de prisión la pena impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por el atropello mortal a otro y lesionar a un segundo, tras una pelea en la localidad malagueña de Benalmádena.
De esta forma, la Sala estima de forma parcial el recurso de la defensa y aprecia como muy cualificada la atenuante de dilaciones indebidas a favor de este acusado, bajando de siete a seis años y medio de prisión la pena por el delito de homicidio consumado y de tres a dos años y nueve meses por el de homicidio intentado.
Los hechos sucedieron en febrero de 2017. Según se declaró probado por la Audiencia, tras el veredicto de un jurado popular, este acusado, junto con otro que resultó absuelto estaban en un pub de Benalmádena y entablaron una discusión con la víctima en la que este hombre y el procesado que resultó absuelto se agredieron mutuamente.
Los dos acusados decidieron marcharse en un vehículo, conducido por el procesado que fue condenado; mientras que la víctima y otro amigo subieron en una moto con la que persiguieron a los anteriores, produciéndose otro enfrentamiento entre ellos en otra carretera por el camino.
Seguidamente los acusados subieron de nuevo al coche y el acusado decidió unilateralmente, de forma inopinada, meterse en dirección prohibida "bien con la intención de colisionar contra el ciclomotor o, cuando menos, siendo consciente y aceptando que la colisión sería el resultado probable si así lo hacía y las graves consecuencias lesivas de ello derivadas".
Producida la colisión, el coche pasó por encima del ciclomotor dando después marcha atrás con la moto enganchada en los bajos, tras lo que huyeron, dejando en el lugar a la víctima, que murió en el acto, y al conductor del ciclomotor, que sufrió lesiones graves que hicieron que su vida corriera peligro, aunque se recuperó, tras múltiples asistencias médicas y quirúrgicas.
Por estos hechos, se condenó a uno de los acusados, el conductor del coche, como autor de un delito de homicidio a la pena de siete años de prisión y por un delito intentado de homicidio a tres años de prisión, con las circunstancias que atenúan la pena de intoxicación etílica y de confesión.
También tuvo en cuenta la Sala las dilaciones indebidas, ya que las actuaciones se iniciaron en 2017 y se desarrollaron con normalidad hasta julio de 2018, momento en el que estuvo paralizada durante varios periodos hasta acumular casi nueve años hasta que se celebró el juicio oral.
Al respecto, la defensa alegó en su recurso contra la sentencia y consideró que se debía aplicar esa circunstancia en un nivel superior, lo que acoge el TSJA, que considera que "se trata de una dilación de enorme entidad y sin justificación", por lo que rebaja la pena de ambos delitos.
El jurado consideró que el otro acusado no participó en los hechos que produjeron el fallecimiento del joven y las lesiones del otro, ya que "no tomó ninguna decisión sobre la conducción" del vehículo, por lo que lo absolvió.
Esta absolución también fue recurrida por la acusación particular, en representación de la familia de la víctima mortal, y por el fiscal, pero el TSJA confirma esa decisión del jurado de no considerarlo culpable y rechaza los argumentos contra la sentencia, que confirma en ese punto.