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Reclamó una indemnización porque su hijo se fracturó un brazo en el jardín, perdió el juicio y deberá pagar los gastos

La Justicia bonaerense rechazó una demanda por daños y perjuicios presentada por los padres de un niño que sufrió una fractura en un brazo tras una caída que, según el reclamo, ocurrió en un...

Reclamó una indemnización porque su hijo se fracturó un brazo en el jardín, perdió el juicio y deberá pagar los gastos

La Justicia bonaerense rechazó una demanda por daños y perjuicios presentada por los padres de un niño que sufrió una fractura en un brazo tras una caída que, según el reclamo, ocurrió en un...

La Justicia bonaerense rechazó una demanda por daños y perjuicios presentada por los padres de un niño que sufrió una fractura en un brazo tras una caída que, según el reclamo, ocurrió en un jardín de infantes. La decisión, del Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 2 de Lomas de Zamora, concluyó que no se probó que el episodio hubiera sucedido dentro del establecimiento ni bajo el control de la institución educativa.

La demanda había sido iniciada en octubre de 2020 por los progenitores, también en representación de su hijo. El reclamo se dirigió contra la entidad responsable del jardín y alcanzó a su aseguradora, que reconoció la existencia de una póliza, aunque informó que tenía un límite de cobertura.

Según la presentación de los demandantes, el niño asistía a la sala de cinco años del turno tarde. El hecho habría ocurrido el viernes 1 de noviembre de 2019, durante el primer recreo, cuando jugaba en un tobogán de madera ubicado en el patio.

La familia sostuvo que el menor resbaló en el segundo escalón del juego y cayó al suelo. Como consecuencia, habría sufrido lesiones en el brazo izquierdo, por las cuales se solicitó asistencia médica de urgencia.

De acuerdo con la demanda, un servicio de emergencias trasladó al niño a un hospital público de Lomas de Zamora. Allí se diagnosticó una fractura supracondílea de húmero izquierdo, una lesión localizada en la parte inferior del hueso del brazo.

El expediente incorporó que el menor fue sometido a una intervención quirúrgica. La familia indicó que se le colocaron tres clavos y un yeso inmovilizador, que fueron retirados el 13 de diciembre de 2019, tras un período de reposo y un tratamiento de rehabilitación.

Los demandantes reclamaron una indemnización por gastos médicos y de farmacia, traslados, incapacidad física, daño moral, daño psíquico y un eventual tratamiento psicoterapéutico. La institución educativa fue declarada rebelde durante el proceso, aunque luego pidió el cese de esa situación procesal.

La aseguradora cuestionó la versión del episodio y los montos reclamados. También negó, por razones procesales, los hechos expuestos en la demanda, aunque admitió que existía un contrato de seguro relacionado con la entidad demandada.

El juez analizó el caso bajo las reglas previstas para los establecimientos educativos. La normativa establece que estas instituciones responden por los daños sufridos por alumnos menores de edad mientras se encuentren, o deban encontrarse, bajo el control de la autoridad educativa.

Esa responsabilidad no exige que la familia pruebe una negligencia concreta del establecimiento. Pero el fallo aclaró que los demandantes sí debían demostrar un aspecto previo: que el daño ocurrió cuando el niño estaba dentro del ámbito de control de la institución.

El juzgado consideró probado que el niño estaba matriculado en el jardín durante el ciclo lectivo 2019. Para ello valoró recibos y facturas presentados con la demanda, entre ellos comprobantes de pago correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de aquel año.

También tuvo por acreditada la lesión, a partir de la historia clínica remitida por el hospital. Sin embargo, el magistrado señaló que esa documentación no alcanzaba para confirmar el lugar en el que se produjo la caída ni que el menor hubiera asistido al jardín ese día.

La historia clínica consignaba la versión aportada por la madre, quien refirió que el niño se había caído de un tobogán mientras jugaba en el jardín. Para el juez, ese dato solo demostraba que esa fue la explicación brindada ante el personal médico, pero no acreditaba por sí mismo que el hecho hubiera ocurrido de esa manera.

La resolución remarcó que la parte demandante desistió de las pruebas confesional y testimonial en febrero de 2026. Ante la falta de otros elementos que corroboraran la versión del episodio, el juzgado entendió que no se probó el hecho central sobre el que se apoyaba el reclamo.

Por ese motivo, la sentencia de primera instancia rechazó la demanda y dejó sin efecto la citación en garantía contra la aseguradora. Además, impuso las costas del juicio a los demandantes y postergó la regulación de honorarios profesionales hasta que la decisión quede firme.

Fuente: https://www.infobae.com/judiciales/2026/10/08/reclamo-una-indemnizacion-porque-su-hijo-se-fracturo-un-brazo-en-el-jardin-perdio-el-juicio-y-debera-pagar-los-gastos/

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