Una nueva ley de Florida castigará con hasta cinco años de cárcel el fraude en contratos de alquiler
A partir del 1 de octubre de 2026, Florida castigará como delito gr...
A partir del 1 de octubre de 2026, Florida castigará como delito grave el fraude cometido para obtener una vivienda de alquiler.
El proyecto CS/HB 1293 fue aprobado por unanimidad en ambas cámaras legislativas estatales a principios de este año y promulgado por el gobernador Ron DeSantis el 12 de junio.
La legislación sanciona a quienes obtengan la posesión de una casa mediante información falsa en la solicitud de alquiler, documentos falsificados o la suplantación de identidad.
Quienes incurran en estas conductas podrán enfrentar cargos penales y multas, mientras que el propietario podrá rescindir el contrato.
De acuerdo con el sitio Florida Politics, el problema tiene una incidencia particular en el área de Miami-Fort Lauderdale, donde algunas personas incurren en estas prácticas para acceder a contratos de arrendamiento.
En un comunicado recogido por el medio, la Asociación de Apartamentos de Florida (FAA) explicó: “Las consecuencias del fraude en las solicitudes de alquiler van más allá de los proveedores de vivienda. Cuando los estafadores obtienen viviendas asequibles para las que no reúnen los requisitos, reducen el acceso a las familias trabajadoras y a las personas que sí cumplen los requisitos para esas viviendas limitadas”.
Luego agregó: “Los inquilinos que cometen fraude en la solicitud a menudo dejan de pagar el alquiler, lo que conlleva costosos procesos legales y pérdidas financieras que, en última instancia, pueden afectar a la gestión de las viviendas y a su accesibilidad”.
Mentir en la solicitud o usar documentos falsos podrá derivar en un delito graveLa ley prohíbe que una persona entre y tome posesión de una vivienda de alquiler cuando lo haga de manera consciente y voluntaria mediante una declaración materialmente falsa sobre su identidad en la solicitud de arrendamiento.
A su vez, abarca la presentación de documentos falsificados, ficticios o alterados ante el propietario. El texto legislativo menciona entre los ejemplos una licencia de conducir, una tarjeta de identificación, un extracto bancario o un recibo de sueldo.
La tercera conducta contemplada es hacerse pasar por otra persona cuyo nombre figure en la solicitud con el fin de firmar el contrato o tomar posesión del inmueble.
Quien incurra en alguna de esas prácticas cometerá un delito grave de tercer grado, de acuerdo con la nueva sección 817.537 de los Estatutos de Florida.
La ley remite para la sanción a las disposiciones penales generales del estado, que para esa categoría prevén penas que pueden llegar a cinco años de prisión y una multa de hasta USD 5.000, según las circunstancias del caso y los antecedentes de la persona condenada.
Los propietarios podrán terminar el contrato y exigir la desocupaciónLa reforma incorpora la entrada fraudulenta a una vivienda residencial a la lista de incumplimientos que un propietario puede considerar imposibles de subsanar. Esto significa que el arrendador no tendrá que otorgar un plazo para corregir la falta antes de resolver el contrato.
Por consiguiente, el propietario deberá entregar una notificación escrita en la que detalle el incumplimiento y su intención de terminar el acuerdo de alquiler. A partir de la entrega del aviso, el inquilino tendrá siete días para abandonar la propiedad.
El procedimiento civil podrá activarse aunque no se hayan iniciado actuaciones penales. La ley establece de forma expresa que la terminación del contrato por esta causa procede “con independencia de que hayan comenzado procedimientos penales”.